La odisea de tramitar un envío en la aduana
La Habana/Según la disposición aduanal vigente, los cubanos residentes en Cuba pueden pagar en moneda nacional los impuestos sobre una importación al año pero, para las siguientes, tienen que hacerlo en CUC. Algunos han visto en esta situación una ventana de oportunidad para importar bienes que no existen en las tiendas o cuyo precio es demasiado elevado; otros que cuentan con pasaporte extranjero o visado múltiple se ofrecen en alquiler como mulas para aquellos cubanos que no pueden salir de la Isla.
La ley es intrincada, ya que esa importación está limitada a los artículos y cantidades establecidos en un copioso listado. Es una importación única, es decir, todo debe comprarse y embarcarse en un solo envío, pero además la suma de lo importado no puede exceder una cantidad de puntos, determinados para cada artículo en la propia lista.
Pareciera que lo complicado es hacer los cálculos para la compra y enviarla por vía marítima para Cuba (la vía aérea es muy cara y cada vez más limitada por las líneas comerciales) bajo el rótulo de "carga no acompañada"
Pasan varios meses hasta que la empresa de transporte avisa al beneficiario de que puede pasar a recoger sus bultos. No obstante, no conozco ningún caso satisfactorio de la experiencia. Aunque se supone que los horarios están pensados para que los usuarios acudan por turnos y de manera escalonada, en la práctica esto no se cumple, lo cual convierte la experiencia en lenta y desorganizada.
Como es de esperar los "vivos", tras haber pagado a algún funcionario o a alguien que haga la cola por ellos, llegan tarde, relajados, sonrientes, ¡Y se van enseguida!
Largas horas habrán de transcurrir en un local sin ventanas, atestado de personas, con un número de asientos muy por debajo de los necesarios, con un aparato de aire acondicionado absolutamente insuficiente (y por tanto, ineficiente). Un televisor en lo alto de la pared aporta imagen y ruido, pero es imposible escucharlo en medio de un gentío ansioso e incómodo hablando a la vez. Cada cierto tiempo se abre una puerta y se vocea un nombre, casi siempre mal leído y peor dicho, lo cual genera revuelo y confusión entre los que se creen llamados.
Los experimentados, que no son pocos, llevan alguna lectura, ropa cómoda, agua y merienda. Principalmente porque la cafetería anexa a la recepción, que parece tan bien surtida por la mañana con bocadillos de jamón y refrescos enlatados, al mediodía ya no tiene nada que vender, y la ubicación, en el Anillo del Puerto cerca de Regla, es un peladero donde no hay más que carretera.
Como es de esperar los "vivos", tras haber pagado a algún funcionario o a alguien que haga la cola por ellos, llegan tarde, relajados, sonrientes, ¡Y se van enseguida! "Aquí todos somos cubanos, así que no se vayan por el fondo que lo que hacen es molestar", advierte una funcionaria de la aduana, pese a que muchos no prestan atención al aviso ni a las visitas de los funcionarios.
Una vez traspasada la puerta de la ansiedad, se llega a una enorme nave donde los bultos están dispuestos según su destinatario. Es el momento de verificar la carga contra el manifiesto. Ese también puede ser el momento amargo en el que, a pesar de la lectura exhaustiva de la Ley de Aduanas y de los consejos de los más experimentados, se puede ver retenida y hasta decomisada una parte o la totalidad de la carga por una disparidad en la documentación o por algún artículo no permitido o que excede los famosos puntos que limitan la cantidad.
Una vez recibido el envío, si se consigue, hay que hacer la cola para pagar. A continuación los montacargas sacan los bultos y los apilan en un patio. Como es de suponer, estos no salen en el orden en que fueron llamados, sino en el que impone el operario del montacargas según las "donaciones" recibidas. Ante todo, no se debe enfurecer a ese trabajador porque su labor todavía será imprescindible para trasladar los bultos desde el patio hasta el transporte que los llevará a su destino. Solo entonces, al llegar a casa exhausto y hambriento, ya casi de noche, uno podrá considerarse pleno propietario de sus artículos.