Sobre el "matrimonio igualitario" en Cuba
La Habana/Ha vuelto a ser noticia en Cuba el tema del matrimonio entre personas del mismo sexo. El nuevo capítulo de esta especie de novela por entregas se inició la semana antepasada con un post en Facebook que colgó Danay Suárez, quien se opone a la medida. A esto respondió, en la plataforma Change.org, un manifiesto de signo opuesto suscrito por un grupo de intelectuales.
Uno de los argumentos esgrimidos en el primer material fue preguntar si, en caso de implantarse en Cuba el llamado "matrimonio igualitario", ello incluiría también las uniones entre adultos y niños. Coincido en que ese argumento no es el más feliz. Pero también es verdad que cuando se propugna abandonar la práctica milenaria de reservar esa institución para las uniones entre un hombre y una mujer, se destapa una especie de caja de Pandora, que, en principio, pudiera abrir el camino no solo para los pedófilos, sino también para otras personas que tienen ideas sexuales diferentes.
Si se considera acertado un matrimonio entre dos personas del mismo sexo porque se estima que, en caso contrario, se les estaría desconociendo un derecho, ¿entonces por qué no admitir también el establecimiento de una unión de ese tipo entre un ser humano y un animal? (Y no me digan que el ejemplo es irreal o absurdo, ¡pues hace poco más de una semana el Tribunal Supremo de Canadá legalizó el sexo con animales! Eso sí, según ABC, ¡"siempre y cuando no conlleve penetración"!).
O, si nos circunscribimos al campo de las uniones entre humanos adultos, ¿no habría que considerar también como un atropello que no se permitiera que tres o más personas contrajesen matrimonio entre sí? Si un hombre y dos mujeres están de acuerdo en casarse (¡o viceversa, que no quiero que se me acuse de discriminar a las féminas!), ¿qué argumentos tendría el Estado para violentar ese deseo de todos los interesados?
En el plano jurídico, los firmantes del manifiesto incurren en "errores conceptuales graves" no menores que los que ellos le atribuyen a la cantante Danay
"Debemos continuar luchando por el reconocimiento de ese derecho sin que implique la realización de un referéndum", afirma el manifiesto en clara alusión a la Disposición Transitoria Decimoprimera de la Constitución raulista. "Los derechos humanos no se plebiscitan", señalan al respecto los firmantes.
Esta última afirmación entrecomillada es acertadísima. Fue justamente por esa razón que jamás apoyé el Proyecto Varela, propugnado años atrás por el ingeniero Oswaldo Payá. Igual que hago ahora con respecto al "plebiscito vinculante" que postula su hija y heredera Rosa María. ¿Preguntar a los ciudadanos si desean o no escoger a sus gobernantes en elecciones verdaderas?
Pero, en el plano jurídico, los firmantes del manifiesto incurren en "errores conceptuales graves" no menores que los que ellos le atribuyen a la cantante Danay. Cuando insinúan que se prescinda de celebrar el referendo, están desconociendo un precepto supralegal, como lo es la ya mencionada Transitoria Decimoprimera.
Además, ¿qué fundamento tienen ellos para considerar la formalización de los vínculos homosexuales como un "derecho"? ¿En qué se basan para afirmar tal cosa? ¿Qué cuerpos legales les servirían como sostén? El derecho interno guarda absoluto silencio al respecto. ¿Pero existe algún instrumento jurídico internacional que dé pie a esa afirmación?
Cada institución jurídica debe ser considerada en su interacción con todo el conjunto de las normas legales, los conceptos y hasta los prejuicios que rijan en un contexto histórico dado. Esto es válido para este tema del hipotético derecho de las personas sexodiversas a formalizar sus uniones. Como bien reconoce el mismo manifiesto, hasta 1990 la Organización Mundial de la Salud consideró el homosexualismo como un "trastorno psiquiátrico". Esto significa que resulta un error jurídico invocar normas anteriores a ese año como origen y basamento del aludido "derecho".
Ese criterio interpretativo es válido no sólo para los pactos de derechos humanos (los que, además, al no haberlos ratificado el régimen castrista, no son vinculantes para Cuba), sino también para el documento internacional que data de 1948 y sí rige en nuestro país: la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Resulta obvio que el artículo 16 de ese histórico documento, acordado en una fecha en que las conductas sexodiversas eran consideradas "trastornos psiquiátricos" y cuando ni un solo país reconocía el matrimonio igualitario, tampoco puede ser considerado como un basamento de esa institución. Hacerlo constituye otro "error conceptual grave" de los redactores de la declaración pro LGBTIQ+.
Las grandes objeciones que se formulan a la legalización de las uniones homosexuales (al menos en Cuba) se basan no tanto en que estas tengan un reconocimiento oficial, sino en que, con ese fin, se utilice la misma institución del matrimonio
Volvemos entonces a lo ya expresado: no existe ningún derecho de los miembros de esa comunidad al reconocimiento de sus uniones. De lo que se trata es de establecer (o no) ese derecho en la legislación interna cubana. En ese sentido, no habría diferencia alguna entre nuestro país y otros que han legalizado las uniones homosexuales, y lo han hecho siempre mediante disposiciones legales internas (ya se trate de leyes o de sentencias judiciales).
En otro orden de cosas, considero que los autores del manifiesto han tenido un gran acierto al no atrincherarse en la idea de celebrar bodas entre personas del mismo sexo. Al respecto, el documento es más flexible e inclusivo, pues expresa: "ya sea matrimonio, unión civil, etcétera".
Este enfoque me parece correctísimo. Las grandes objeciones que se formulan a la legalización de las uniones homosexuales (al menos en Cuba) se basan no tanto en que estas tengan un reconocimiento oficial, sino en que, con ese fin, se utilice la misma institución del matrimonio, que durante milenios (desde antes del surgimiento del Estado) ha existido solo como la unión de un hombre con una mujer.
Si las cosas marcharan por el camino de las llamadas "uniones civiles" u otros análogos, creo que la inmensa mayoría de nuestros ciudadanos no tendría objeción alguna a que las parejas homosexuales recibiesen un reconocimiento oficial. Esto –creo– incluiría a los creyentes, a quienes los autores del manifiesto, so pretexto de la separación entre Iglesia y Estado, pretenden despojar de su derecho a pronunciarse sobre el tema.
Y algo no menos importante: en tal caso, los matrimonios entre personas del mismo sexo, que ahora los castristas desean imponer de la mano de la hija del actual mandamás, no correrían el riesgo de ser desconocidos (como en Bermudas o Croacia) cuando en Cuba tenga lugar el inevitable cambio democrático.
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