Condenas de 3 a 10 años para 17 manifestantes del 11J en San Antonio de los Baños

La sentencia considera que la difusión de imágenes de las marchas hizo que se "imitaran las nocivas acciones"

Cientos de cubanos en San Antonio de los Baños salen a protestar en contra del Gobierno. (Collage)
Cientos de cubanos en San Antonio de los Baños salieron a protestar en contra del Gobierno. (Collage)
14ymedio

23 de marzo 2022 - 14:50

La Habana/Los 17 manifestantes de San Antonio de los Baños que participaron en las protestas del 11 de julio en la localidad de Artemisa donde comenzó el mayor estallido social en Cuba en décadas han sido condenados a entre 10 y 3 años de prisión.

La sentencia, con fecha del 15 de marzo, fue notificada este martes por el Tribunal Municipal a los procesados, que estaban acusados de los delitos de atentado, desacato y desórdenes públicos. Todos ellos fueron hallados culpables, aunque las penas son inferiores a las elevadísimas que se conocieron la pasada semana en La Habana, ya que sobre ninguno de los incluídos en este expediente pesaba la acusación por sedición.

Todos ellos fueron hallados culpables, aunque las penas son inferiores a las elevadísimas que se conocieron la pasada semana en La Habana, ya que sobre ninguno de los incluídos en este expediente pesaba la acusación por sedición

Ariel Pérez Montesino es el más perjudicado, con una sentencia de 10 años de prisión por dos delitos de desacato y uno de desórdenes públicos. Miguel Díaz Sosa y Rolando Yusef Pérez Morera recibieron 8 años de cárcel y Christian Reyes Pérez, 7.

El grueso lo forman los condenados a seis años, grupo en el que se incluye a Yoan de La Cruz, que grabó y transmitió las protestas y cuya pena se conoció este martes a través de su madre. Recibieron la misma sanción Carlos Manuel Pupo Rodríguez, Denys Hernández Ramírez, Rosa Jany Millo Espinosa y Rolando López Rodríguez.

Con cinco años fueron sentenciados Julián Manuel Mazola Beltrán, Omar Hernández Calzadilla, Yoel Díaz Hernández y Yordan Esteban Brook Amador; mientras Miguel Díaz Zaldívar, Osdany Antonio Ricardo Aguilar y Yunier Claro La Guardia recibieron cuatro años de prisión. El "mejor parado" fue Adrián Rodríguez Morera, con 3 años.

Todos ellos, además, tienen prohibido salir del país y renovar su pasaporte y han perdido el derecho a sufragio activo y pasivo durante un periodo que va de los cuatro a los diez años.

La sentencia considera probado que a las 11 de la mañana del 11 de julio comenzaron a congregarse personas "incitadas por las redes sociales" en el Parque de La Iglesia de San Antonio de los Baños, entre ellos los 17 encausados, que protestaban por falta de electricidad y medicamentos "sin tener en cuenta", dice el texto, el contexto de la pandemia y del "bloqueo" de EE UU. Uno de los acusados, Denys, llevaba "una bocina con música y reproducía una y otra vez la canción Patria y Vida".

Uno de los acusados, Denys, llevaba "una bocina con música y reproducía una y otra vez la canción 'Patria y Vida'"

La sentencia menciona algunas de las palabras que se escucharon en la marcha contra las autoridades. "Díaz-Canel singao", "Asesino", "Que venga la policía si quiere a lo que sea" o "policía pinga". Según el texto, los manifestantes llevaban un buen rato coreando "improperios" cuando apareció una funcionaria para dialogar, a lo que varios de los acusados respondieron pidiéndole que se callara o calificándola de mentirosa, entre otros insultos.

El texto destaca que Christian Reyes grabó las protestas y Yoan de la Cruz las transmitió en directo "con lo que provocó que tales actos fueran visualizados dentro y fuera del país y que en diferentes municipios y provincias se imitaran las nocivas acciones". Según el texto, el joven recibió ánimos desde el exterior y recargas telefónicas para que continuara emitiendo.

El relato continúa repasando hechos corrientes de cualquier protesta, como que los manifestantes coreaban frases contra el Gobierno o animaban a otros subidos a un muro a sumarse, tocando algunas puertas para recabar apoyo en la población.

Otro de los "graves hechos" destacados en la sentencia es haber pasado por delante y señalado "la gigantografía del líder de la Revolución cubana Fidel Castro Ruz y del General de Ejército Raúl Castro Ruz" y, parados ante la multitud, gritar: "abajo los Castros, Díaz-Canel".

Pasaron por delante y señalaron "la gigantografía del líder de la Revolución cubana Fidel Castro Ruz y del General de Ejército Raúl Castro Ruz" y, parados ante la multitud, gritar: "abajo los Castros, Díaz-Canel"

Aparentemente, que se aproximaran a la sede de la Policía gritando o "en postura desafiante" son también hechos posiblemente constitutivos de delito, como haber cortado el tráfico y arengado a la multitud de forma provocadora.

La sentencia también repasa uno por uno el vínculo laboral, si existe, de los encausados, a algunos de los cuales acusa de tener multas por "negocios ilícitos" o antecedentes de tipo administrativo. También se entretiene en dar cuenta de si los acusados gozaban de "prestigio" en la zona en la que viven o se rodeaban de "personas de mala conducta social y moral".

Ariel Pérez Montesino, 48 años, es el único con antecedentes penales y en julio estaba en libertad condicional, cuando le quedaban dos años para extinguir una pena de 20 años por asesinato. Su madre, Berta Montesino Amaro, ha reivindicado su inocencia en este caso y considera excesiva la pena, puesto que su hijo "no agredió, no golpeó, ni tiró una piedra".

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