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El Decreto Ley 370, ese corrientazo en los genitales

Los intereses sociales no deben confundirse con los partidistas, estatales o empresariales

Periodistas, activistas y artistas protestan en las redes sociales contra el Decreto Ley 370. (Collage)
Reinaldo Escobar

29 de abril 2020 - 22:16

La Habana/Un amigo argentino me contó una vez cierta leyenda urbana de comienzos de 1980, en plena dictadura militar, en la que un joven estudiante de derecho que había sido detenido cuando de forma casual transitaba cerca de una manifestación elevó una protesta al ministerio del interior con copia al ministerio de justicia.

La queja, redactada con la jerga leguleya de quien ya se creía abogado, precisaba fechas, nombres, ubicación del centro de detención clandestino a donde había sido conducido. Abundaba además en los por cuantos referidos al Proceso de Reorganización Nacional que vivía el país y en su párrafo principal concretaba su denuncia en el detalle de que sus interrogadores se habían excedido en la corriente eléctrica aplicada a sus genitales.

Tal vez parezca una extrapolación, pero cada vez que he empezado a escribir algo sobre el Decreto Ley 370 me viene a la mente aquella anécdota

Tal vez parezca una extrapolación, pero cada vez que he empezado a escribir algo sobre el Decreto Ley 370 me viene a la mente aquella anécdota, que probablemente sea fruto del ácido humor rioplatense, pero que ilustra, salvando las distancias, la absurda situación en que se encuentra el que, para lamentarse de un detalle, puede dar la impresión de aceptar mansamente el conjunto que lo produce.

El traído y llevado Decreto Ley 370 tiene su exceso de aplicación de la corriente eléctrica sobre los genitales (sí, sobre los genitales) en el inciso (I) del artículo 68 referido a las contravenciones asociadas a las tecnologías de la información y la comunicación, donde se criminaliza el acto de difundir, a través de las redes públicas de transmisión de datos, "información contraria al interés social, la moral, las buenas costumbres y la integridad de las personas".

La inadmisible elevación del voltaje (del amperaje, diría un electricista) se acentúa en dos palabras claves: interés social. ¿Acaso los intereses de un partido, de una casta militar o de un clan familiar pueden ser identificados como intereses sociales?

Cuando desde las redes emergió un consenso reclamando -en medio de esta pandemia- que se cerraran las fronteras o que se suspendieran las clases en las escuelas, incluso antes, cuando se exigía que se bajaran los precios que el monopolio Etecsa impone a la comunicación y a la conectividad; los que reclamaban lo hacían justamente en nombre de los intereses sociales, que no deben confundirse con los partidistas, estatales o empresariales.

Emulando al universitario argentino, se puede cuestionar también el carácter extraterritorial del inciso (f) del mismo artículo 68 que penaliza el hecho de "hospedar un sitio en servidores ubicados en un país extranjero, que no sea como espejo o réplica del sitio principal en servidores ubicados en territorio nacional". ¿Es que un cubano no puede comportarse como un ciudadano del mundo? ¿O es que los servidores nacionales empezarán a ser desde ahora ecuménicos y tolerantes?

En su infinita inocencia nuestro estudiante de derecho podría preguntarse también si esos inspectores, facultados por el Ministerio de Comunicaciones y por las administraciones locales del Poder Popular para multar y decomisar, tienen la debida formación (¿sociológica, política, ideológica?) para tomar este tipo de decisiones o si se limitan a actuar bajo las órdenes de la Seguridad del Estado.

Se puede incluso ser más inocente y creer que cuando el decreto ley menciona como una contravención afectar "la integridad de las personas" incluye todos los insultos que se generan desde sitios oficiales contra los opositores

Se puede incluso ser más inocente y creer que cuando el decreto ley menciona como una contravención afectar "la integridad de las personas" incluye todos los insultos, descalificaciones y calumnias que se generan desde sitios oficiales y oficiosos contra los opositores, periodistas independientes y activistas de la sociedad civil. ¿Van a sancionar y a decomisar los medios a aquellos que sin prueba alguna acusan de "mercenarios del imperio" a quienes no hacen otra cosa que responder a los intereses sociales desde su particular y ciudadano punto de vista?

El comunicado N.º 19 emitido por la Junta de Comandantes Generales argentinos resolvió en aquellos terribles momentos que "será reprimido con reclusión de hasta diez años, el que por cualquier medio difundiere, divulgare o propagare noticias, comunicados o imágenes, con el propósito de perturbar, perjudicar o desprestigiar las actividades de las Fuerzas Armadas, de Seguridad o Policiales".

Obviamente no hemos llegado en Cuba a esos extremos, de ahí la aclaración de "salvando las distancias". Tampoco, a pesar de las detenciones ilegales, hemos llegado al extremo de temer ser conducidos a una oscura mazmorra donde podamos desaparecer. Pero de momento tenemos este Decreto Ley 370 que nos conmina al silencio, a la complicidad.

Quejarse de uno u otro inciso donde "el corrientazo" llega a donde más duele no es una señal de aprobación del resto de la ley, ni un aval al sistema que la genera.

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