El Gobierno cubano multiplica por cinco los impuestos por la compraventa de casas

Las autoridades han lanzado una campaña contra las “indisciplinas fiscales” y para “incrementar los ingresos a favor del Presupuesto del Estado”

La modificación de la ley tributaria en los últimos meses tiene dos causas: la estampida migratoria y la inflación.
La modificación de la ley tributaria en los últimos meses tiene dos causas: la estampida migratoria y la inflación. / 14ymedio
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02 de noviembre 2024 - 15:43

La Habana/El Ministerio de Finanzas y Precios informó este viernes del aumento, en cinco veces, de los impuestos por comprar, vender o donar una vivienda. La nueva resolución, que fue publicada en la Gaceta Oficial y entrará en vigor el próximo 15 de noviembre, alega que el precio de las casas en Cuba Influido por el movimiento migratorio, ha subido hasta 10 veces desde la aprobación de la última medida en 2017, aunque "en los últimos meses se ha constatado una disminución".

Granma, que comentó la resolución este viernes, fue más elocuente sobre la razón del Gobierno para implementarla: el Ministerio ha lanzado una campaña contra las “indisciplinas fiscales” y para “incrementar los ingresos a favor del Presupuesto del Estado”. Para atenazar a los “morosos” –cuyos impagos han causado un vacío de 194 millones de pesos en las cuentas públicas, según las autoridades– ya había entrado en vigor el pasado septiembre una medida contra la evasión

La resolución 313/2024 no solo obliga al pago, sino que aumenta considerablemente el impuesto sobre la Transmisión de Bienes y Herencias para el que compra y el de Ingresos Personales Eventuales para el que vende. El Ministerio publicó, además, una nota informativa en la que aclara que su cálculo del costo referencial se queda muy por debajo del “valor real de la transacción”. 

El cálculo del costo referencial, alega el Ministerio, se queda muy por debajo del “valor real de la transacción”

Un estudio de la Oficina Nacional de Administración Tributaria (Onat), explica el Ministerio, “demostró que los valores reales de las ventas constituyen cifras significativamente superiores a los valores referenciales actuales”, lo cual obliga al Estado a “incrementar la capacidad de captación de ingresos por estos tributos”. 

La resolución incluye una guía para calcular el valor referencial de cada vivienda, en la que se pide a los interesados realizar un estudio del inmueble para determinar a qué zona pertenece, cuál es su tipología habitacional (casa o apartamento), sus características constructivas (si es de mampostería, madera u otro material), el número de habitaciones, si posee patio, garaje, jardines u otra facilidad, y cuál es su coeficiente de ubicación, un número que indica el valor de la zona.  

En la práctica, la resolución asigna automáticamente a las viviendas cubanas la pertenencia a una de cinco zonas, según su ubicación y valor. “En función de ellas determina sus valores referenciales” y, por tanto, el impuesto. Estos factores, además, tienen que aparecer descritos en el título de propiedad del inmueble.  

La primera de las zonas que distingue la resolución (coeficiente de ubicación: 7) son las de desarrollo económico, como Mariel, donde el impuesto por una casa de mampostería con dos cuartos, más garaje o parqueo, y jardín –cuyo costo referencial mínimo, sumando valor del inmueble y ubicación, el Gobierno calcula que es de 1.487.500 pesos– será de 59.500 pesos. A medida que aumentan las facilidades sube el impuesto, que puede llegar a ser de 109.900 pesos si el inmueble tiene tres cuartos o más. 

En la práctica, la resolución asigna automáticamente a las viviendas cubanas la pertenencia a una de cinco zonas

Para las viviendas en los municipios habaneros de Playa, Plaza de la Revolución, La Habana Vieja, o bien en las ciudades de alto valor turístico como Trinidad, Cárdenas y Varadero, o Viñales –la segunda zona, con 6 de coeficiente de ubicación–, por una casa de similares características, cuyo costo referencial se fija en 1.275.000 pesos, el impuesto será de 51.000 pesos. 

En el caso de la tercera zona –viviendas ubicadas en los municipios de Cerro, Centro Habana, Diez de Octubre y la playa de Guanabo–, con coeficiente 5, el costo referencial de un inmueble de dos cuartos más facilidades, es de 1.062.500 pesos, por lo que se aplica un impuesto de 42.500 pesos. 

Por una casa en la cuarta zona –capitales provinciales, además de Guanabacoa, Regla, Marianao, Habana del Este menos Guanabo, San Miguel del Padrón, Cotorro, La Lisa, Arroyo Naranjo y Boyeros, con coeficiente 4–, a un inmueble como el de los casos anteriores, con un costo referencial de 850.000 pesos, se le impondrán 14.400 pesos.  

Y por último, la quinta zona –el resto de los municipios cubanos, con un coeficiente de ubicación de 1,5–, por una casa de dos cuartos que cueste, idealmente, 318.750 pesos, el impuesto será de 12.750 pesos. Las tablas de la resolución permiten calcular, atendiendo a todas sus particularidades, el costo referencial y el impuesto de la mayoría de las viviendas en el país. 

La modificación de la ley tributaria a la que se ha sometido Cuba en los últimos meses tiene dos causas: la estampida migratoria, que disparó las transacciones en el mercado de compraventa –abaratando el costo de los inmuebles, dada la urgencia de resolver el trámite antes de salir del país– y dio lugar a un sinnúmero de evasiones fiscales, y la galopante inflación, que disparó todos los precios, incluyendo los del sector inmobiliario. 

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