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El Gobierno modifica licencias y tributos del sector privado

Las licencias congeladas vuelven a activarse y otras, como la de carretillero, no se otorgarán más

Carretilleros llevan sus productos por la calle Colón, a un costado del teatro Milanés en la ciudad Pinar del Río. (14ymedio)
14ymedio

10 de julio 2018 - 12:59

La Habana/La anunciada "reordenación y actualización" del trabajo por cuenta propia se ha concretado este martes con la publicación en la Gaceta Extraordinaria de un paquete de medidas que modifican el sistema de otorgamiento de licencias y pago de tributos del sector privado.

"No desaparece ninguna actividad, 96 de las existentes pasan a agruparse en 28, y de un total de 201 quedamos en 123", explicó Marta Elena Feitó Cabrera, viceministra de Trabajo y Seguridad Social.

Las 27 actividades que estaban congeladas vuelven a abrirse con la entrada en vigor de las regulaciones, en diciembre de 2018.

"No desaparece ninguna actividad, 96 de las existentes pasan a agruparse en 28, y de un total de 201 quedamos en 123", explicó Marta Elena Feitó Cabrera

Algunas actividades a partir de ahora podrán seguir desarrollándose, pero no se concederán nuevas licencias. Es el caso del vendedor mayorista y minorista de productos agropecuarios, carretillero o vendedor de productos agrícolas de forma ambulatoria, comprador vendedor de discos y operador de equipos de recreación.

Se crean, sin embargo, nuevas licencias. Se modifica el permiso de elaborador de alimentos y bebidas mediante servicios gastronómicos y restaurantes con la creación de dos nuevas figuras: servicios gastronómicos y restaurantes, y servicios de bar y recreación. También son novedades las actividades de panadero-dulcero y de arrendador de medios de transporte.

En algunos casos una sola autorización que agrupe varias actividades (como en belleza, con siete) permitirá un servicio más amplio con la misma carga tributaria de antes.

Las nuevas regulaciones también establecen que solo se otorgará autorización para ejercer una actividad por persona y sólo se podrá ejercer en un mismo domicilio una de las actividades de servicios gastronómicos en restaurantes, servicios gastronómicos en cafetería, o servicio de bar y recreación.

Los arrendadores de viviendas, habitaciones y espacios que podrán arrendar a personas jurídicas (empresas, organismos, organizaciones), además de naturales

Otras áreas que tendrán cambios son las de arrendadores de viviendas, habitaciones y espacios que podrán arrendar a personas jurídicas (empresas, organismos, organizaciones), además de naturales. Además, en caso de ausencia del titular del negocio, se podrá nombrar a un representante entre los empleados.

La reforma tributaria en el sector cuentapropista también será notable. El Gobierno suprimirá la exoneración del pago de impuestos por la contratación de hasta cinco trabajadores, la medida incluye a artistas y cooperativas no agropecuarias. Se ajusta, además, la base imponible mínima para el pago del impuesto por la utilización de la fuerza de trabajo, cuyo mínimo continúa siendo del 5%.

De las 123 actividades por cuenta propia que quedaron aprobadas tras la reagrupación, 52 tributarán por el Régimen General y 71 por el Simplificado (pago mensual de una cuota consolidada).

El régimen tributario de La Habana queda diferenciado del del resto de provincias en las nuevas medidas. Vladimir Regueiro Ale, director general de Política Fiscal del Ministerio de Finanzas y Precios (MFP), explicó que se incrementará la cuota mínima a 41 actividades en la capital y 20 fuera de ella. Las subidas van de 5 a 360 CUP.

También se rebaja la cuota mínima de 39 actividades, 22 en La Habana y se mantienen las cuotas mensuales a los contribuyentes inscritos en las actividades agrupadas, siempre que sean superiores a la mínima para esa licencia.

Se rebaja la cuota mínima de 39 actividades, 22 en La Habana y se mantienen las cuotas mensuales a los contribuyentes inscritos en las actividades agrupadas

En el caso de que un contribuyente vuelva a darse de alta en una actividad en la que causó baja dentro del plazo inferior a 24 meses recuperará la cuota que tenía antes de la cancelación

Estos cambios se aplicarán solo a los nuevos trabajadores. En el caso de los que están ya contratados, mantendrán las condiciones previas aunque se hayan incrementado las cuotas de los titulares de la licencia.

Otra de las novedades es la obligación de tener una cuenta bancaria fiscal, una medida con la que el Gobierno quiere aumentar el control sobre el sector y que inicialmente solo se aplicará a los servicios gastronómicos, constructivos, arrendamiento de vivienda, habitaciones y espacios, así como la transportación de pasajeros en vehículos de motor (de cuatro a 14 plazas) en La Habana.

Por esta cuenta deberán pasar todas las operaciones financieras del negocio y será obligatorio mantener un saldo mínimo equivalente a tres cuotas mensuales del contribuyente. Para la apertura del depósito se dispondrá de 30 días desde la notificación de la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT) y 90 para el abono del saldo. Lo contrario constituirá una infracción sancionable.

Otra de las novedades es la obligación de tener una cuenta bancaria fiscal, una medida con la que el Gobierno quiere aumentar el control sobre el sector y que inicialmente solo se aplicará a algunos servicios

El transporte de pasajeros en La Habana incluye regulaciones específicas para el control del uso del combustible, que, según el Gobierno, acumula múltiples "deficiencias e irregularidades".

Se prevé reconocer el 100% de los gastos de combustible consumido por tarjeta magnética además de otros gastos propios de la actividad en la Declaración Jurada del Impuesto sobre Ingresos Personales.

A los titulares de la licencia se les exigirá una certificación del combustible consumido mediante tarjeta magnética emitida por Fincimex, como justificante para el pago de impuestos.

También se modifica el incentivo de exención de pago de tributos por tres meses al inicio de la actividad, una medida que las autoridades aseguran que se utiliza con fines evasores.

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