APOYO
Para ayudar a 14ymedio

Un proyecto de ley propone suprimir el límite de 24 meses para los cubanos en el exterior

Los emigrados podrán renunciar a su nacionalidad y entrar en la Isla con su nueva ciudadanía

Los cubanos podrán renunciar a su nacionalidad y entrar con su nuevo pasaporte a la Isla. / EFE
14ymedio

18 de junio 2024 - 12:03

Madrid/Los cubanos en el exterior conservarán sus derechos a la residencia y no perderán sus propiedades independientemente del tiempo que lleven fuera del país, según la nueva Ley de Migración, cuyo anteproyecto fue publicado este lunes en la página del Parlamento junto con el de la Ley de Extranjería. La norma deja también otra destacada novedad y es la posibilidad de renunciar a la nacionalidad cubana y entrar a la Isla con un pasaporte que acredita una nueva ciudadanía.

Actualmente, los cubanos que dejan el país y no regresan en 24 meses pierden su condición de residentes y, con ella, muchos derechos inherentes, desde la atención médica a las propiedades. Sin embargo, sí estaban obligados a ingresar en la Isla con su pasaporte cubano, uno de los más caros del mundo, con un costo de 180 dólares.

Con la nueva norma, se crea la categoría de la residencia efectiva migratoria, "condición que alcanzan los ciudadanos cubanos y los extranjeros residentes, cuando permanecen (...) la mayor parte de su tiempo en el territorio nacional, o mediante una combinación de un período de permanencia y otras evidencias materiales que demuestren arraigo en el país”. Quienes obtienen esta categoría ostentan los derechos que la Constitución cubana reserva a los nacionales.

En cuanto a los residentes, se dividen en dos: los residentes en el territorio nacional (que pueden ser temporales o permanentes) y los residentes en el exterior

En cuanto a los residentes, se dividen en dos: los residentes en el territorio nacional (que pueden ser temporales o permanentes) y los residentes en el exterior. En esta última se encuentran los que viven fuera de Cuba, los que antes de esta ley se consideraban emigrados –y podrán solicitar su nuevo estatus– y los inversores y "de negocios", que participan en el modelo económico cubano.

El artículo 56.1 aborda la situación de quienes renuncian a la ciudadanía cubana, a quienes les sería de aplicación la ley de extranjería una vez les sea reconocida dicha renuncia. El texto detalla que estas personas “no pueden identificarse en Cuba como ciudadanos cubanos, y a los efectos de la entrada y salida al país que están sujetos a la presentación del pasaporte extranjero correspondiente, exigencia de visado y los documentos de viaje que correspondan”. En el caso de que tengan más de una ciudadanía “se identifican y salen del país con el propio pasaporte que utilizaron a la entrada del territorio nacional”.

La norma regula también las condiciones de entrada y salida, así como las limitaciones, entre las que siguen estando las razones de seguridad e interés nacional y algunos otros motivos de carácter discrecional, así como otras habituales en las leyes internacionales que incluyen motivos de carácter penal. 

En el caso de las entradas al país también aparece como limitante el hecho de tener antecedentes penales por terrorismo y otros delitos perseguidos internacionalmente, un apartado que puede ser un guiño a Washington, que mantiene a la Isla en la lista de Estados patrocinadores del terrorismo precisamente por el amparo que ha dado a algunas personas involucradas en este tipo de delitos graves.

La norma regula también las condiciones de entrada y salida, así como las limitaciones, entre las que siguen estando las razones de seguridad e interés nacional

La norma, de 65 páginas, también establece marcos legales para los delitos vinculados al tráfico de migrantes y la trata de personas, así como el régimen de sanciones para los incumplimientos. Según la nota de prensa de la Asamblea Nacional, a la que el anteproyecto llega después de años de estudio, la publicación se hace con “el objetivo de promover la participación ciudadana en este proceso legislativo y contribuir a la cultura jurídica de la población”. Con ese fin, se han habilitado varios correos electrónicos a los que los ciudadanos pueden enviar sus impresiones. 

Sin embargo, la norma ya estaría en una versión casi definitiva, según su propio preámbulo, que subraya que en marzo se presentó al Consejo de Ministros “y algunas otras entidades” que realizaron preguntas y observaciones ya resueltas “por lo que no subsisten discrepancias sobre el proyecto”, de lo que se infiere que la Asamblea hará pocas o ninguna modificación. 

La Ley de Migración –“dirigida a alcanzar un flujo regular, ordenado y seguro”– derogará la vigente en la actualidad, de 1970, así como los decretos posteriores que modificaron aspectos como la normativa para viajar, entre los más importantes. El cambio romperá radicalmente con el modelo vigente hasta ahora, que acarreaba la pérdida de una ingente cantidad de derechos, además de las propiedades, que los cubanos se apresuraban a legar a sus familiares para que las gestionaran. 

El régimen lleva varios años intentando acercarse a los cubanos residentes en el exterior con el fin de que inviertan en Cuba

El régimen lleva varios años intentando acercarse a los cubanos residentes en el exterior con el fin de que inviertan en Cuba, algo que la ley impedía a los emigrados en EE UU hasta ahora, aunque en ocasiones se acababa realizando en los márgenes. Con esta modificación, y gracias al mantenimiento de la nacionalidad cubana, se pone fin a esta situación en un contexto de emergencia para la Isla. 

Sin embargo, en EE UU los expertos advierten de los equilibrios a los que podría llevar esta situación. "Si una persona está pidiendo asilo en Estados Unidos y de pronto está recibiendo una herencia o tiene intención de regresar, esto definitivamente puede ser alarmante para las autoridades norteamericanas porque significa que hubo un fraude en ese asilo", dijo anoche la abogada de inmigración Gladys Carrederguas al canal Telemundo Miami.

22 Comentarios
Ver los Comentarios

También te puede interesar

Lo último