El régimen endurece las sanciones para quienes pretendan evadir el Servicio Militar

Entre los posibles afectados por la ley no solo entran los padres, sino los médicos y psicólogos que ayuden a falsificar certificados

Jóvenes reclutas del servicio militar en un entrenamiento.
Jóvenes reclutas del servicio militar en un entrenamiento. / FAR
14ymedio

10 de octubre 2024 - 22:00

Madrid/El régimen lanza una seria advertencia a quienes intenten eludir el Servicio Militar Activo (SMA), pero también a quienes cooperen en ello. Con la publicación, este miércoles, de un nuevo decreto titulado De las contravenciones concernientes al servicio militar queda derogado el que hace 33 años rubricó Fidel Castro el día de su cumpleaños y que recogía un puñado de multas menores para quien no se presentara a la cita con el Ejército (10 pesos), tratase de eludir el SMA no inscribiéndose (20 pesos) o dejase de cumplir con sus obligaciones durante el servicio (50 pesos). 

Podía esperarse que esas sanciones económicas, ínfimas tras la entrada en vigor de la fracasada Tarea Ordenamiento, se actualizaran acompasándose a los nuevos tiempos, pero el nuevo decreto, publicado en la Gaceta Oficial, va mucho más lejos y se aplica a todos los mayores de 16 años que “impidan, inciten, obstaculicen o ayuden a evadir de cualquier manera el cumplimiento de los deberes de los ciudadanos relacionados con la defensa de la patria”.

Esto convierte en posibles afectados no solo a los padres o tutores de los jóvenes, llamados a filas desde los 16 y que, puntualiza el decreto, “responden por las contravenciones cometidas por los menores”, sino a todo el entramado que en la Isla ayuda a eludir a los muchachos el SMA, incluyendo a médicos o psicólogos que falsifican certificados para declararlos no aptos o aptos con limitaciones. También los responsables económicos de quienes no tienen ingresos deben asumir las posibles multas impuestas.

En lo estrictamente económico, se penalizará con 2.500 a 5.000 pesos a quienes dejen de inscribirse en el Registro Militar en el plazo establecido sin causa justificada, a quienes no comuniquen al responsable de área de atención del comité militar, en su debido tiempo, cualquier cambio relevante en su información personal, incluyendo su domicilio, y a quienes no se presenten al licenciarse en el lugar indicado para formalizar su situación en el Registro Militar.

Se penalizará con 2.500 a 5.000 pesos a quienes dejen de inscribirse en el Registro Militar en el plazo establecido

El siguiente escalón, más costoso, está previsto para quienes no se presenten ante el comité militar una vez citados y para quienes incumplan con “las actividades dirigidas a la preparación”. También, y esto es novedoso, para quienes estando en la Reserva dejen “de asistir a las actividades de la defensa en tiempo de paz y durante situaciones excepcionales, habiendo sido citados”. El último caso previsto es el de los “colaboradores” con la evasión del deber.

En todos los casos, a la multa hay que añadir “la obligación de hacer” lo dispuesto de inmediato. Es decir, el pago de la sanción no exime del cumplimiento del deber. Queda claro en el preámbulo del decreto: “la defensa de la patria socialista es el más grande honor y el deber supremo de cada cubano”, como dicta la Constitución.

El pago de las multas debe consignarse en un plazo de 30 días como máximo, aunque si se hace dentro de los tres primeros desde la notificación, se realiza una rebaja del 25%. Por el contrario, si se abona vencido el mes, la cuantía se duplica. En consonancia con las políticas de bancarización de la Isla, el depósito debe realizarse de manera electrónica. La causa penal vendría en caso de ignorar, por más de 60 días el primer aviso, o, lo que es lo mismo, 30 días después de que se doble la cantidad a pagar.

El decreto también dedica un amplio espacio a designar a las personas facultadas a imponer las sanciones previstas, un apartado en el que destaca la posibilidad para los militares responsables de “abstenerse de imponer la sanción administrativa cuando la contravención cometida no tenga consecuencias lesivas de consideración y los antecedentes de la conducta del infractor sean favorables”. La discrecionalidad de esta medida podría dar lugar a una aplicación arbitraria, ya que la decisión de penalizar queda a criterio de una persona. 

Contra cualquiera de las sanciones cabe la posibilidad de presentar una apelación, que irá a parar al jefe del Comité Militar Provincial correspondiente, aunque eso no interrumpe “la ejecución de la medida administrativa impuesta”. Es decir, habrá que pagar la multa y confiar en que, si prospera la reclamación, se devuelva el dinero, como indica el artículo 13. Aún queda otra instancia por encima de esta a la que reclamar, el jefe de la Región Militar.

Aunque su decisión es firme, todavía hay una instancia con facultades suficientes para revocar su decisión: el viceministro jefe del Estado Mayor General del Ministerio de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, que puede revisar de oficio o a instancia de la parte afectada la respuesta.

La aprobación de esta norma es un serio aviso para quienes tenían previsto abandonar el país en el transcurso de la llamada

La aprobación de esta norma, mucho más exhaustiva que la que estaba en vigor, es un serio aviso para quienes tenían previsto abandonar el país en el transcurso de la llamada a realizar el servicio militar.  Además, son muchos los jóvenes que intentan eludir el SMA, donde organizaciones como Archivo Cuba han documentado muertes por suicidios, negligencias de oficiales superiores, descuidos médicos, órdenes imprudentes –como los jóvenes reclutas murieron en la Base de Supertanqueros de Matanzas–, desapariciones y muertes en condiciones no aclaradas.

Es habitual que las estrategias para eludir la llamada del Ejército se inicien desde el primer año de preuniversitario e incluso desde la secundaria. La preparación de un expediente médico creíble, con varios años de antigüedad, es indispensable para alegar que la salud del joven no le permite cumplir todo lo que el SMA exige. Una migraña crónica bien documentada, enfermedades en la piel o trastornos alimenticios son varias de las dolencias que pueden eximir al candidato a recluta, o proporcionarle un aval para negarse a cumplir las demandas de los sargentos instructores. 

Sin embargo, incluso en casos de enfermedad se suele exigir el período de preparación previa, aunque luego al joven lo destinen a un comité militar municipal o lo envíen a su casa con "tareas" en algún centro de trabajo. 

La principal urgencia de las familias con planes de abandonar el país es, no obstante, tener los trámites resueltos antes de que cumpla 16 años y los oficiales del Ejército pasen por las aulas con el Registro Militar. Tener un hijo en "edad militar" es sinónimo de paralización de la salida, o al menos un riesgo importante a la hora de tomar el avión.

Un cambio de dirección del carné de identidad, el traslado a otro municipio o provincia, puede otorgarle al futuro recluta un margen para demorar su entrada a la llamada “previa”, el entrenamiento inicial y más duro, para ingresar en la vida militar. Otros, sin embargo, prefieren mover sus influencias para ir a parar a unidades más laxas como las destinadas al Ejército Juvenil del Trabajo, que se ocupa de las labores agrícolas y la lucha antivectorial.

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