Un tribunal confirma las altas penas de prisión para tres miembros de Clandestinos
La sala de apelaciones declara "sin lugar" el recurso y convierte la sentencia en firme en esta instancia
La Habana/El Tribunal Provincial de La Habana rechazó el pasado viernes las apelaciones de los tres miembros de Clandestinos condenados en diciembre a quince, nueve y un año de prisión por haber cubierto de sangre de cerdo varios bustos de José Martí en la capital y en Santiago de Cuba. La sala de apelaciones declaró sin lugar las peticiones en una resolución a la que 14ymedio ha tenido acceso.
"Aunque la defensa interpreta que sus acusados no cometieron los delitos que se le imputan y también que las condenas son excesivas al superar el marco sancionador establecido por el Código Penal, el Tribunal no consideró ninguno de esos argumentos, con lo cual la sentencia se volvió firme y solo cabe contra ella procedimiento de revisión", explicó un abogado cercano al caso y que prefirió no revelar su identidad.
Panter Rodríguez Baró, Yoel Prieto Tamayo y Jorge Ernesto Pérez fueron condenados por de "difamación de las instituciones y organizaciones y de los héroes y mártires de carácter continuado" y "daños al patrimonio cultural". Los dos primeros son, según la sentencia, los ejecutores de las actividades del grupo, mientras el tercero se ocupaba de grabar y tomar fotos de las acciones y difundirlas.
Además, en el caso de Jorge Ernesto Pérez, la Fiscalía había solicitado la revisión de la sanción para que su petición de seis años fuera reconsiderada, algo que el Tribunal rechazó. En los últimos días, la madre del preso, que cumple condena en el Combinado del Este, informó de que su hijo estaba en huelga de hambre al haber vencido ya su tiempo en prisión sin ser puesto en libertad.
El Observatorio Cubano de Derechos Humanos ha denunciado la ratificación de estas condenas por considerar sus penas desproporcionadas
"Me acabo de enterar que mi hijo se plantó en una huelga de hambre porque él está hace un año y tres meses injustamente en el Combinado", dijo Mercedes García. "Si él tiene ya su libertad no tiene por qué estar ahí. Se siente que están haciendo una injusticia con él", dijo.
Tanto Rodríguez Baró como Prieto Tamayo tienen abierto además un expediente por supuesto tráfico de drogas, que aumentaría aún más sus condenas.
El Observatorio Cubano de Derechos Humanos (OCDH), con sede en Madrid, ha denunciado la ratificación de estas condenas por considerar sus penas desproporcionadas respecto a las acciones realizadas.
"La sanción ratificada contra Panter Rodriguez es la más alta impuesta a un acusado en una causa con visos políticos desde la Primavera Negra de 2003. El OCDH condena este ensañamiento contra quienes disienten en Cuba. Advertimos que esta sanción ejemplarizante va en la dirección de la espiral represiva que hemos venido denunciando en los últimos meses", afirmó Alejandro González Raga, director ejecutivo de la organización.
El OCDH considera que los delitos de difamación de las instituciones son aplicados habitualmente para penalizar a los críticos con el Gobierno. En sus actividades, el colectivo Clandestinos exigía el fin de la dictadura.
Además, respecto a la segunda imputación, sostienen que no era de conocimiento de los condenados que una de las esculturas, perteneciente a la revista estatal Bohemia y realizada por Delarra, era patrimonio, por lo que no podía haber "la expresa intencionalidad para destruir, deteriorar o inutilizar un bien" que se requiere.
"Demandamos la inmediata liberación de Rodríguez Baró, Prieto Tamayo y Pérez, y solicitamos el pronunciamiento de organizaciones de derechos humanos, Gobiernos y otras instituciones del mundo", finaliza González Raga.
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