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El Tribunal Supremo sugiere resolver la mendicidad en Cuba a golpe de multas y cárcel

El Código Penal sanciona a quienes incitan a otros a pedir limosna, y la pena sube si se trata de niños o discapacitados

Imagen de un desamparado pidiendo limosna en La Habana. / 14ymedio
14ymedio

06 de marzo 2025 - 15:40

La Habana/Una magistrada del Tribunal Supremo puso este miércoles las cartas sobre la mesa, en un artículo de Granma, sobre cómo piensa manejar el Gobierno un fenómeno creciente: la mendicidad. Sin ambages, la funcionaria define como una “conducta lesiva” tener que pedir limosna, y asegura, desde el propio título del artículo, que se trata de una práctica que “no es compatible con el proyecto social cubano” ni con la Constitución, y que debe ser “erradicada”. 

Isabel Acosta Sánchez abunda sobre la dimensión legal del fenómeno y, en específico, las penas para quien “induzca o utilice a una persona menor de 18 años en prácticas de mendicidad”. Además de la prisión, que verse agravada si se tiene responsabilidad parental sobre el menor –lo cual significaría hasta ocho años de cárcel–, el artículo 404 del Código Penal prevé una multa de 500 a 1.000 cuotas, o bien ambas sanciones.

Si el menor es una niña o una persona discapacitada, y el acompañante se “aprovecha” de tal condición, la pena puede subir. 

También serán procesados quienes promuevan, organicen, inciten, capten y acojan a personas “utilizando amenaza, violencia, engaño o soborno, aprovechándose de una situación de vulnerabilidad de la víctima o de su condición de género, con la finalidad de que estas sean sometidas”. Los involucrados pueden ser juzgados por trata de personas y recibir penas de hasta 15 años de privación, que con agravantes puede sumar hasta 30 años más, o convertirse en cadena perpetua.

Acosta recuerda a las autoridades de la Isla que existen un Código Penal y de la Niñez y la Juventud que penaliza con cárcel y multas a los “inescrupulosos” que se aprovechan de menores y de personas “vulnerables” para lucrarse con lo que estos recaudan mendigando. 

Hasta ahora, la mendicidad en Cuba es una “actividad tolerada”, pero es un ejemplo de que existen en la sociedad “desigualdad” y “pobreza”

Hasta ahora, la mendicidad en Cuba es una “actividad tolerada”, pero es un ejemplo de que existen en la sociedad “desigualdad” y “pobreza”, dos “flagelos” inconcebibles –estima– que el país “se empeñó en eliminar desde el triunfo revolucionario, creando oportunidades de trabajo digno para todos”.

La funcionaria pasa por alto la situación de quienes no pueden trabajar y sostenerse por sí mismos, y que reciben ayudas muy limitadas –o nulas, en algunos casos– del Gobierno. En cambio, se limita a tratarlo desde el punto de vista penal: “Se constata la presencia, en lugares públicos, de personas de diferentes edades, incluso adultos acompañados de menores o personas en situación de discapacidad solicitando dinero, alimentos y otros bienes, imágenes a las que no estábamos acostumbrados, prácticas que violan las normas legales establecidas”.

Aunque Acosta admite que la mendicidad involucra “a todas las instituciones del sistema de prevención y atención social”, deja en manos de las familias la responsabilidad principal para evitar estos casos. Quienes no cumplan “la obligación legal de dar alimentos pueden dar lugar a la promoción de demandas ante la Sección de Familia del Tribunal Municipal Popular competente”, zanja.

Solo si la familia no puede asumir esa responsabilidad, o la persona vulnerable no tiene parientes, el Estado interviene. No obstante, las propias autoridades han reconocido su incapacidad para lidiar con el creciente número de desamparados

Según los datos dispuestos por Cubadebate a inicios del año pasado, entre 2014 y septiembre de 2023, las autoridades identificaron a 3.690 personas “con conducta deambulante”. De los que aún residen en los centros estatales, el 60% vendió su casa y no tiene recursos para incorporarse a la sociedad, el 86% son hombres, el 30% presenta alguna discapacidad –incluyendo un 25% con trastornos psiquiátricos–, el 31% “tiene patrones de consumo elevado de bebidas alcohólicas” y el 39% no llega a los 60 años.

Solo si la familia no puede asumir esa responsabilidad, o la persona vulnerable no tiene parientes, el Estado interviene

Las cifras, devastadoras en cada sentido, representan apenas al “privilegiado” grupo que ha logrado ingresar en casas de ancianos e instituciones de atención a las personas vulnerables.

“Cada vez es mayor la población vulnerable y pocos los trabajadores sociales. Y atender a este tipo de personas lleva mucha dedicación y tiempo, pero los problemas sociales van en ascenso y ya no damos abasto. Somos simples mediadores y no tenemos recursos para resolver problemas”, lamentaron entonces los directivos de una de esos centros.

El resto de desamparados, si tienen suerte, pueden ser “recogidos” ocasionalmente para recibir un baño y algo de comida, como ocurre en La Habana. Un reportaje de este diario, publicado en 2023, describe las andanzas de un ómnibus Transmetro por la capital recogiendo menesterosos, que no siempre estuvieron dispuestos a aceptar el “paseo”.

A quienes se resistían, unos agentes de la Policía los obligaban a subir y los trasladaban al Centro de Protección Social situado en El Cotorro, conocido como Las Guásimas, donde los aseaban y les entregaban algo de ropa de segunda mano. Después, los mendigos, la mayoría ancianos, eran devueltos a las calles de la capital.

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