La lista de presos políticos
La Habana/Durante la conferencia de prensa conjunta que ofrecieron los presidentes de Cuba y Estados Unidos al término de sus conversaciones oficiales, el periodista Jim Acosta, corresponsal de la CNN acreditado en la Casa Blanca, le preguntó a Raúl Castro por qué no se liberaba a los presos políticos en la Isla. El general de ejército le respondió pidiéndole que le mostrará una lista y aseguró que los liberaría esa misma noche si se demostraba que eran presos políticos.
Obviamente, el periodista no se había documentado previamente y es casi lógico que así fuera pues en el país esas informaciones no son públicas, ni existe un registro oficial al que la prensa pueda tener acceso libremente.
Elizardo Sánchez es quizás la voz más autorizada en este tema. Preside el Comité de Derechos Humanos y Reconciliación Nacional desde hace más de 20 años y dijo a 14ymedio que hizo todo lo que había estado a su alcance para hacerle llegar al señor Acosta la lista que no tuvo oportunamente en sus manos.
En su oficina repleta de libros y expedientes afirma, “Hay cerca de 70.000 seres humanos en las cárceles cubanas, de esos, tenemos documentados 89 presos por motivos políticos”.
Pregunta. ¿Cómo se confecciona esa relación?
Respuesta. El documento se llama “Lista parcial de condenados o procesados por motivaciones políticas” y en ella se incluyen los once exprisioneros de la primavera negra que están bajo licencia extrapenal. Nosotros no podemos entrar a las prisiones, por eso la fuente principal de la información viene de los familiares. También las organizaciones de opositores cuyos miembros son encarcelados nos suministran datos que luego cruzamos con los familiares.
P. ¿Cuándo se actualizó esa lista que usted quería entregarle al periodista?
R. El borrador se concluyó hace poco más de una semana y básicamente es muy parecida a la que divulgamos en junio de 2015 que se ha venido actualizando con frecuencia, retirando a los que fallecen o salen de prisión y añadiendo los nuevos casos. Teníamos previsto darla a conocer públicamente a mediados de abril de este año.
P. Otras organizaciones hacen sus propios inventarios de presos políticos. ¿Cuáles son las diferencias?
R. Hay varias listas. La Fundación Cubano Americana tiene una que realiza atendiendo a la nuestra. Otras entidades también hacen las suyas con diferentes criterios. Algunos consideran a quienes cometen hechos armados, otros no. Está el caso de quienes han sido juzgados por terrorismo o por secuestro de aeronaves, que entran en otra categoría según consideraciones, más éticas que políticas.
P. En su lista no se menciona el concepto de delitos políticos sino de motivaciones políticas. ¿Cuál es la diferencia conceptual?
R. Como se sabe el gobierno criminaliza el ejercicio de los derechos civiles y políticos. Si un grupo de 4 o 5 ciudadanos se agrupa en el Parque Central con un cartel donde se quejan, denuncian o protestan por algo que no le gusta al gobierno, no son juzgados por un delito político, sino por desorden público, cuando en realidad solo intentaron ejercer el derecho de manifestación pacífica.
P. Entonces ¿cuáles son las figuras legales por las que encauzan a casos como estos que usted explica?
Los delitos más frecuentes por los que llevan a prisión a un opositor son desacato, peligrosidad social pre delictiva, resistencia al arresto, desobediencia o atentado.
R. Los delitos más frecuentes por los que llevan a prisión a un opositor son desacato, peligrosidad social pre delictiva, resistencia al arresto, desobediencia o atentado. Si al momento de ser detenido un ciudadano se aplica alguna violencia, defenderse de los golpes con las manos ya puede ser interpretado como resistencia y si en el forcejeo el detenido le da un codazo al policía, eso se considera atentado. Algunos casos se desfiguran totalmente y acusan a la persona de hurto o de invasión de un edificio público. El gobierno tiene un arsenal grande de posibles condenas y además un absoluto control sobre los tribunales, que carecen de independencia.
P. Desde el punto de vista estrictamente jurídico será difícil encontrar entonces una sentencia que tipifique que el condenado incurrió en un delito político, aunque lo encarcelan por motivaciones políticas.
R. Entre estos 89 tenemos siete que vinieron desde Miami en una embarcación con armas. Hasta hace poco eran ocho, pero una ha fallecido. Ya son unos ancianos que llevan más de 20 años en prisión y no les conceden ningún beneficio carcelario. En esta nueva lista de ahora hemos incluido a tres jóvenes que recientemente fueron condenados a 15 y 10 años acusados de sedición. Hay casos que se ha cometido un sabotaje. Por ejemplo, un muchacho al que se le demostró que había lanzado un coctel molotov contra una tienda comercial de la ciudad de Camagüey llamada El Encanto. Como resultado de su acción se produjo un incendio de pocas proporciones y lo condenaron a 25 años de prisión.
P. Cómo se considera la situación de quienes son sentenciados por haber cometido realmente un delito común y una vez en la cárcel se politizan y organizan la defensa de derechos humanos y entonces los condenan por otros delitos.
R. En esta lista sólo hemos considerado el delito base y no lo que le imputan dentro de la prisión. Conocemos esos casos, estamos pendientes y los ayudamos en la medida que podamos, pero no están en esta lista ni tenemos otra especial para ellos.
P. ¿Habrá que esperar necesariamente a mediados de abril para conocer esa lista con 89 nombres?
R. No, en cuanto precisemos un par de detalles que tenemos pendientes ustedes mismos podrán publicarla.
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Nota de la redacción: A pocas horas de publicar esta entrevista, la CCDHRN hizo llegar a este diario el borrador del nuevo listado actualizado de presos políticos confeccionado por esta organización independiente.