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La Justicia ecuatoriana da el paso decisivo para legalizar el matrimonio igualitario

El fallo del Constitucional permite que Ecuador, un país muy conservador, entre en el grupo de Estados que ya permiten las bodas entre personas del mismo sexo

El pronunciamiento el miércoles del Pleno de la Corte Constitucional, con cinco votos a favor y cuatro en contra, ha inundado de alegría a la comunidad LGTBI. (CaracolTV)
Elías L. Benarroch

13 de junio 2019 - 17:07

Quito/(EFE).- Ecuador se ha sumado a otros cinco países de Sudamérica que han efectuado alguna reforma legal sobre el matrimonio entre personas del mismo sexo, con un histórico fallo de la Corte Constitucional cuyo inequívoco alcance está ahora en manos del Gobierno y la Asamblea Nacional.

El pronunciamiento el miércoles del Pleno de la Corte Constitucional, con cinco votos a favor y cuatro en contra, ha inundado de alegría a la comunidad LGTBI, que lleva años luchando para se equiparen sus derechos a los del resto de la población.

El fallo reivindica "las oportunidades de grupos vulnerables que han sido discriminados en su lucha permanente por la igualdad, la protección legal y la libre decisión", dijo el defensor del Pueblo ecuatoriano Freddy Carrión Intriago, que respaldó el proceso ante el tribunal.

Sólo Argentina, Brasil, Costa Rica, Colombia y Uruguay "ya han aprobado alguna reforma legal de matrimonio igualitario"

Para ese organismo, se trata de un "avance histórico" de los derechos humanos que sitúa a Ecuador, un país notoriamente conservador, a la vanguardia de los Estados latinoamericanos, pues, según el alto funcionario, sólo Argentina, Brasil, Costa Rica, Colombia y Uruguay "ya han aprobado alguna reforma legal de matrimonio igualitario".

El fallo, cuyo alcance práctico es ahora estudiado por los organismos de gobierno y juristas, se produjo después de meses de retrasos y a raíz de una consulta formulada a la más alta instancia judicial de Ecuador por una inferior de la provincia de Pichincha.

Esta pidió la opinión de los jueces constitucionales sobre la validez de la Opinión Consultiva 24-17 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH), que en enero de 2018 se expidió sobre los derechos de la población LGBTI a la igualdad y no discriminación, identidad de género y derechos de familia.

Con ese argumento en mano, dos parejas ecuatorianas solicitaron inscribir su matrimonio, lo que les fue denegado por el Registro Civil local, por lo cual acudieron a la justicia.

Uno de los demandante, Efrain Soria, presidente de la Fundación Equidad y que lleva con su pareja doce años de relación, explica a Efe que en 2013 iniciaron la lucha por el matrimonio igualitario, aunque en aquel momento fue por el caso de otra pareja.

Dos parejas ecuatorianas solicitaron inscribir su matrimonio, lo que les fue denegado por el Registro Civil local, por lo cual acudieron a la justicia

Del veredicto dice que "va a influenciar positivamente" porque van "a dejar de ser ciudadanos de segunda para ser ciudadanos de primera y poder ejercer los mismos derechos".

Y habla ya de una nueva lucha para que se permita que las parejas homosexuales puedan acceder a mecanismos legales para formar una familia con hijos, pese a los prejuicios que aún existen en la sociedad ecuatoriana.

Más contundentes se mostraron la activista LGTBI Pamela Troya, pionera en la lucha judicial por el matrimonio igualitario, y Dianne Rodríguez, presidenta de la asociación Silueta X.

La opinión de la CorteIDH, manifiesta a Efe la primera de ellas, insta a los países que son miembros del Pacto de San José, entre ellos Ecuador, a "abrir sus ordenamientos jurídicos internos y permitir el matrimonio igualitario", por lo que, al ser refrendado por la Corte Constitucional, obligaría a los organismos de gobierno adaptar sus leyes.

Por su parte, Rodríguez, ve la decisión como un "mandato constitucional que ya obliga" a las instituciones gubernamentales porque se trata de una resolución del "órgano supremo del país".

La sentencia dispone que "la Asamblea Nacional reconfigure la institución del matrimonio para que se dé un trato igualitario a las personas del mismo sexo"

"Entonces tendrán las leyes orgánicas, los reglamentos del Registro Civil, que ajustarse a lo que dice la Corte Constitucional", considera.

Y es que la decisión judicial parece inequívoca al declarar "la inconstitucionalidad del artículo 81 del Código Civil", que define el matrimonio como "un contrato solemne por el cual un hombre y una mujer se unen con el fin de vivir juntos", y también "el artículo 52 de la ley de Gestión de la Identidad y Datos Civiles", que habla igualmente en términos de "hombre y mujer".

Pero, además, dispone que "la Asamblea Nacional reconfigure la institución del matrimonio para que se dé un trato igualitario a las personas del mismo sexo".

Pese a la contundencia del fallo, ningún representante del Gobierno de Lenín Moreno se ha pronunciado hasta ahora sobre la resolución o sobre si tiene la intención de seguir las instrucciones de la Corte Constitucional y reformar las leyes requeridas.

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