Varios años de cárcel para los cuentapropistas que compraron 15.000 manzanas
Los implicados recibieron penas entre siete meses y seis años de cárcel por los delitos de cohecho y acaparamiento
La Habana/ Los siete implicados en la compraventa de 15.000 manzanas en la tienda La Puntilla, en La Habana, que fueron denunciados el año pasado por un bloguero oficialista, recibieron penas de siete meses a seis años de cárcel por los delitos de cohecho y acaparamiento, según la sentencia judicial a la que 14ymedio ha tenido acceso.
El juicio ocurrió el pasado junio pero no se había sabido nada hasta ahora puesto que la prensa oficial no se hizo eco del asunto. Este medio se enteró de la sentencia gracias a un familiar de uno de los condenados.
Un texto publicado en septiembre de 2018 bajo el título Asalto en La Puntilla: Hay que ir más allá criticaba "la indiferencia cómplice de los empleados". La denuncia también fue reproducida por la web Cubadebate y generó una intensa polémica.
Nueve meses después del incidente, el 27 de junio de este año, los acusados fueron condenados por los delitos de cohecho y acaparamiento de carácter continuado. El juicio, oral y público, tuvo lugar en el Tribunal Militar Región Sistema Empresarial en La Habana, debido a que el mercado donde ocurrieron los hechos es gestionado por la corporación Cimex, una empresa de las Fuerzas Armadas Revolucionarias (FAR).
El juicio, oral y público, tuvo lugar en el Tribunal Militar Región Sistema Empresarial en La Habana, debido a que el mercado donde ocurrieron los hechos es gestionado por la corporación Cimex
Entre los procesados se encontraron los empleados estatales Rafael Tápanes Montalvo, Adonis Semanat Ortiz y Joel Muñiz Lorenzo, además de los trabajadores por cuenta propia Luis Eduardo Bruzón Mesa, Alexis Hechavarría Guerra, Raudelis Ramos Mejía y Eliecer Samada Hechevarría, quienes compraron las manzanas.
Tápanes Montalvo era dependiente de la Base de Almacenes Tropicola que abastece a dependencias de la FAR, mientras que Semanat Ortiz trabajaba en el almacén La Puntilla. Ambos fueron condenados a 6 años de cárcel y la severidad de sus condenas se debió a su relación laboral con empresas de las FAR.
A Tápanes Montalvo se le acusó del delito de cohecho porque avisaba a través de mensajes de texto (SMS) a los cuentapropistas sobre el lugar y la fecha de la venta de las manzanas. A cambio recibía 20 CUC y una recarga a su línea de celular, según la fiscalía. La defensa aseguró que el empleado daba esa información para facilitar la gestión a los comerciantes pero que nunca pidió dinero a cambio.
La sentencia señala que por los cargos que ocupaban Tápanes Montalvo y Semanat Ortiz en sus centros de trabajo ambos son considerados "funcionarios públicos", lo que implica condenas más severas. "Como sujetos especiales, debían evitar que agentes corruptores lograran romper la barrera de la honradez e integridad que debe caracterizar a un empleado público".
Por su parte Muñiz Lorenzo trabajaba como chofer de la Plaza Carlos III y el vehículo estatal que conducía se empleó para el traslado de las manzanas, por lo que fue sentenciado a siete meses de cárcel, pero salió en libertad tras el juicio porque ya había purgado su pena en detención preventiva.
Los cuentapropistas fueron acusados de especulación y acaparamiento y sancionados a penas que oscilan entre 3 y 4 años de prisión
Los cuentapropistas fueron acusados de especulación y acaparamiento y sancionados a penas que oscilan entre 3 y 4 años de prisión. El acaparamiento es una figura delictiva regulada en el artículo 230 del Código Penal cubano y castiga a quien retenga en su poder o transporte mercancías o productos "en cantidades evidentes e injustificadamente superiores a las requeridas para sus necesidades normales". Las manzanas las compraban por grandes cantidades para venderlas luego como fruta o acarameladas en las fiestas populares por un precio que oscila entre 20 y 30 pesos.
No obstante, en el juicio se precisó que todos los cuentapropistas tenían sus documentos en regla y pagaban correctamente sus impuestos. Ramos Mejías, por ejemplo, tenía autorización para comercializar alimentos ligeros y un permiso de la administración de la Asamblea Municipal del Poder Popular de Guantánamo.
El abogado Miguel Iturría, colaborador de la Asociación Jurídica de Cuba, advierte de que algunos juristas son del criterio de que el delito de acaparamiento "está reservado solo para productos normados cuya adquisición es limitada" pero en la práctica judicial se ha aplicado con frecuencia contra clientes de mercados liberados como las tiendas en moneda convertible.
"Si alguien acude a un establecimiento público a comprar 40 o 50 frazadas de piso, producto que desaparece con frecuencia, en la entidad estatal se las venden y al llegar a su domicilio o en la vía pública es detenido, procesado y, posteriormente, sancionado", advierte Iturría, para quien esta "situación constituye un absurdo".
Por años, desde su reaparición en la década de los 90, el sector privado cubano ha reclamado el acceso a un mercado mayorista que le permita comprar grandes cantidades de productos a precios preferenciales. A pesar de las promesas oficiales, solo se han abierto tiendas donde se puede adquirir al por mayor algunos pocos productos pero sin ventajas económicas.
Con frecuencia los clientes de las tiendas minoristas se quejan de que los emprendedores acaparan productos de primera necesidad como pan, aceite, harina y leche. En la prensa oficial se les culpa del desabastecimiento de algunas mercancías y se promueven las denuncias contra quienes compran grandes volúmenes de alimentos u otros productos.
Según un testigo del juicio contra los siete sancionados, solamente tres de ellos presentaron el recurso de apelación ante el tribunal, que no se han pronunciado aún.
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