Decenas de miles de cubanos en el extranjero no saben si podrán votar

La ley obliga a "garantizar el ejercicio del voto por los electores que se encuentran fuera del territorio nacional”

A estas alturas aún está poco claro en qué condiciones podrán votar, si pueden, los electores que están en el extranjero. (EFE)
A estas alturas aún está poco claro en qué condiciones podrán votar, si pueden, los electores que están en el extranjero. (EFE)
Reinaldo Escobar

17 de enero 2019 - 18:35

La Habana/En un país con un elevado número de emigrantes que influyen de manera vital en el sostenimiento de sus familias en la Isla resulta inevitable preguntarse si los cubanos que viven o están temporalmente en el extranjero tendrán derecho al voto en el referendo del 24 de febrero, una duda que las instituciones oficiales no despejan todavía.

A los efectos de la política migratoria vigente en el país, existen tres modalidades en que los cubanos pueden hallarse en el exterior: los que cumplen una misión oficial, aquellos que se encuentran fuera de forma transitoria por motivos personales o quienes, tras permanecer más de 24 meses en el extranjero, ya no son considerados residentes permanentes en el territorio nacional.

La Ley Electoral vigente solo menciona la posibilidad de abrir colegios electorales en el extranjero en lo concerniente a los referendos, pero no precisa quiénes tendrán derecho a voto. Se trata de una legislación anterior a los cambios migratorios de 2013 que no contempla la diversidad actual porque fue concebida en un momento en que solo había dos formas de estar en el extranjero: como una "escoria" con salida definitiva, sin derecho a voto, o en misión oficial (deportista, marino mercante y diplomático).

Ante las dudas que surgen, las autoridades no han ayudado a aclarar qué procedimiento se seguirá en este caso

Ante las dudas que surgen en la nueva circunstancia, las autoridades no han ayudado a aclarar qué procedimiento se seguirá en este caso. Recientemente Ernesto Soberón, director de Asuntos Consulares y Cubanos Residentes en el Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicó en su cuenta de Twitter una "aclaración" que, en vez de dar respuestas, ha sembrado una mayor confusión.

El funcionario aseguró que "todos los ciudadanos cubanos mayores de 16 años -en pleno goce de sus derechos políticos y que no estén incluidos en las excepciones previstas por la Constitución y la Ley-, que se encuentren en el exterior, podrán ejercer su derecho al voto en #Cuba este 24 de febrero". Pero su afirmación viola las leyes de la física, pues si esos individuos están en el extranjero es imposible que estén “en” Cuba para la fecha del referendo.

La duda es mayor con los ciudadanos que se hallan de manera temporal y por motivos personales fuera de la Isla, una cifra que podría alcanzar los cientos de miles de individuos si se cuenta a los que salieron del país después del 24 de febrero de 2017 y aún no han regresado. En el caso de quienes han estado en el extranjero por más de 24 meses, la ley electoral vigente no reconoce su derecho a votar en ninguna circunstancia y es poco probable que el Ejecutivo haga cambios a corto plazo para ampliar sus derechos.

Hasta ahora, los cubanos que han estado fuera de la Isla de manera transitoria no han podido ejercer el voto para elegir a su delegado de circunscripción. Algo que se entiende, pues sería necesario que los consulados manejaran cientos de diferentes boletas que representen a todas las circunscripciones de esos votantes. Con las elecciones a diputados al Parlamento ocurre algo similar, dado que la lista de alrededor de 600 candidatos se dispersa entre municipios y colegios electorales de todo el país.

Los antecedentes del referendo constitucional de 1976 solo recogen las votaciones que se realizaron en Angola, organizadas por las respectivas secciones políticas de las unidades militares

Sin embargo, con el referendo todo cambia, en tanto es la misma pregunta para todos los participantes. Además, el artículo 164 de la Ley Electoral establece que la Comisión Electoral Nacional, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores, debe disponer “lo necesario para garantizar el ejercicio del voto por los electores que se encuentran fuera del territorio nacional” el día que se celebre la consulta.

Los antecedentes de cubanos participando en el referendo constitucional de 1976 solo recogen, sin mucha precisión de números, las votaciones que se realizaron en Angola, organizadas por las respectivas secciones políticas de las unidades militares que en ese momento cumplían “misiones internacionalista”. Incluso se llegaron a abrir urnas especiales el 15 de febrero de 1976 en los barcos cargados de soldados rumbo a África.

Esta semana el oficialismo ha anunciado que se llevará a cabo un proceso similar con los cubanos que están cumpliendo misiones médicas y profesionales en Venezuela y es de esperar que la iniciativa se repita en aquellos países donde haya delegaciones numerosas de nacionales enviados por el Gobierno.

Pero todavía falta que las autoridades publiquen el trámite que deben hacer esos otros cubanos que no pertenecen a misiones oficiales, para participar en el referendo sin estar de cuerpo presente en el territorio nacional. Si la Plaza de la Revolución pretende que el proceso goce de una mayor legitimidad debe fomentar y facilitar esa participación, especialmente la de quienes llevan menos de 24 meses en el extranjero.

La Cancillería debe evitar difundir informaciones confusas tendientes a desestimular la participación y detallar, sin ambigüedades, cómo se reconocerá los derechos de esos cubanos que están provisionalmente fuera del país. El tiempo corre y a casi un mes del referendo todo retraso conspira contra su participación y toda demora es una violación de la Ley Electoral.

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