La dictadura condena al pueblo cubano al silencio para no tener que oírlo
La ley de Comunicación Social intenta enmudecer a la ciudadanía para evitar que sus gritos dejen sordo al poder
La Habana/La entrada en vigor de la Ley de Comunicación Social y sus correspondientes normativas acarreará consecuencias de las que no hay forma de defenderse.
Si se cumplen los plazos de 120 días para que la Ley entre en vigor y los subsiguientes 120 días para que el Consejo de Ministros apruebe las correspondientes disposiciones normativas reglamentarias, se puede vaticinar que en enero de 2024 nadie que viva o transite por el territorio nacional, sea cubano o extranjero, conseguirá libremente generar contenidos que puedan ser considerados capaces de subvertir el orden constitucional y de desestabilizar el Estado socialista.
Ya se sabe lo susceptibles que son los que mandan en Cuba a la hora de tramitar las críticas cuando estas no se hacen "en el lugar y en el momento oportuno". Las principales líneas rojas seguirán siendo la legitimidad de los gobernantes, la viabilidad del sistema y la actuación de los aparatos represivos, y no solo eso. Protestar por la ineficiencia del monopolio Etecsa, pedir civilizadamente la derogación de una ley o la destitución de un ministro seguirán siendo vistas como parte de "la agresión comunicacional que se desarrolla contra el país".
Sería ingenuo apelar a algún engañoso inciso de la ley donde se define la comunicación social como un proceso sociocultural que "contribuye a la interacción social, la producción de sentidos, la conformación de la identidad individual y colectiva, el diálogo, el debate, la participación popular y el consenso".
Esos postulados solo maquillan la censura o, para decirlo en lenguaje popular, son baba, muela, embaraje, que se combinan con una terminología ambigua que requiere de una traducción para comprender su significado
Esos postulados solo maquillan la censura o, para decirlo en lenguaje popular, son baba, muela, embaraje, que se combinan con una terminología ambigua que requiere de una traducción para comprender su significado. Por ejemplo, el Artículo 29.4 en el capítulo referido a la comunicación social en el ámbito mediático, donde dice: "Se excluye la creación de estos medios (los no fundamentales) cuando se propone su gestión como la actividad constitutiva del objeto social o proyecto de trabajo de un actor económico no estatal". Lo que se traduce como: "A un actor no estatal se le prohíbe tener como objeto social principal tener un medio independiente".
Los periodistas que colaboran con los medios independientes tendrán (tendremos) tres alternativas: enfrentar las consecuencias y seguir publicando desde Cuba con nombre y apellido, pasar a la clandestinidad con el subterfugio de modificar el estilo y usar un seudónimo, o retirarse de la profesión. Lo primero es temerario, lo segundo peligroso, lo tercero indigno.
Si el oficialismo cubano logra desaparecer la presencia contestataria en los medios, si consigue eliminar las transmisiones en video y comentarios incómodos en las redes sociales, si en sus delirantes ambiciones totalitarias llegara a conquistar ese reducto de mínima resistencia que es interactuar dando un "me gusta"; si esta ley alcanza sus propósitos, el pueblo quedaría mudo, y aunque la dictadura nunca ha querido escuchar, ahora ni siquiera podrá oír. Terminaría sorda.
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