Montar una peluquería por cuenta propia
14ymedio simplifica el texto de la Gaceta Oficial con todo lo que necesitas saber para poner este negocio
![Una barbería en Plaza Vieja. (14ymedio)](https://static.14ymedio.com/clip/287b54c7-97eb-4d2a-9b02-fccd87515e81_source-aspect-ratio_default_0.jpg)
La Habana/Las barberías y peluquerías de hasta 3 sillones quedan subordinadas a las empresas provinciales de Servicios Técnicos, Personales y del Hogar.
Los trabajadores:
- Se consideran por cuenta propia y quedan vinculados a la empresa por contrato de arrendamiento del local. La empresa es propietaria de éste y de los medios del local.
- Pagarán el arriendo del local (en función de su ubicación y características) durante los primeros diez días a mes vencido. Queda prohibido subarrendarlo.
- Corren por su cuenta los insumos y productos así como los gastos de suministros (agua, luz, etc.) según las tarifas establecidas para el sector residencial.
- Quedan sujetos a la tributación y al pago de la Seguridad Social en los términos que la ley indica.
- Tienen la obligación de suscribir el contrato y proporcionar los servicios pactados con la calidad adecuada, cumplir con los plazos de pago, las normas de higiene y las regulaciones de sanidad y seguridad en el trabajo, ornato público, etc.
- Mantener el nombre comercial del local. Los horarios y tarifas (sujetas a la oferta y la demanda) deben ser visibles.
- Pagarán antes de los noventa días siguientes a la firma del contrato de compraventa los productos o insumos que por una sola vez se autorice vender a los que laboran en las nuevas unidades.